Como consecuencia de los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001 se han incrementado substancialmente las consultas de ciudadanos hondureños sobre cuestiones migratorias en los Estados Unidos.

PREGUNTAS MAS COMUNES QUE FORMULAN LOS CIUDADANOS HONDUREÑOS SOBRE CUESTIONES MIGRATORIAS EN LOS ESTADOS UNIDOS

  • ¿Si viajo a Estados Unidos como turista y me quiero quedar por un período más de tiempo, como puedo hacer para extender el permiso que originalmente me dieron?

R: Accesar el formulario de extension en la página del departamento de inmigración enviarla por correo con el cheque respective y esperar respuesta. Se le recomienda llamar al No. 1800-3755283

  • ¿Es cierto que el Consulado Hondureño me puede extender la visa o autorizarme a permanecer en Estados Unidos más alla del término inicial ?

No, se trata de un asunto que compete exclusivamente a las autoridades locales (Servicio de Inmigración y Naturalización de los Estados Unidos). Sin embargo si podemos proporcionarle la información necesaria, los formularios y el llenado de los mismos gratuitamente.

  • ¿Qué puedo hacer para no quedarme ilegal?

Las personas que deseen permanecer mas del tiempo permitido en su I-94 en los Estados Unidos por cualquier razón (estudiar, trabajar, negocios, turismo) deben solicitar un cambio de visa, extensión de la que ya tienen o aplicar si la ley lo permite a un tipo de visa especial de acuerdo a programas establecidos. ( revise la http://uscis.gov)

  • ¿Se puede cambiar la "visa de turista" a visa de estudiante o visa de trabajo?

La legislación estadounidense no permite el cambio de categoría de turista a estudiante o trabajador contratado desde los Estados Unidos. La persona tiene que regresar a su país de origen y solicitar la visa respectiva ante el Consulado de Estados Unidos. Sin embargo se le recomienda que consulte con las autoridades correspondientes.

  • ¿Si me quedo más del tiempo permitido en mi I-94 en Estados Unidos y salgo por el aeropuerto, me pueden detener?

En los Estados Unidos no existe un puesto de control migratorio en los aeropuertos. Al momento de embarcar, la aerolínea verifica que el pasajero tenga un pasaje y pasaporte válido. Si todo está en orden le permiten embarcar sin problema. Hay mayores problemas al tratar entrar o quedarse en éste país que al salir.

  • ¿Si entro y salgo de los Estados Unidos cada cierto período de tiempo, me pueden deportar o no dejar entrar?

Las autoridades migratorias de los Estados Unidos tienen siempre la facultad de decidir si una persona puede o no ingresar a territorio estadounidense. Ellos estudian cada caso particular y toman la decisión correspondiente. La decisión que adopten es irrevocable.

  • ¿Si me voy a Canada o a otro país como México o España y vuelvo a entrar en Estados Unidos, me dan un período más de tiempo?

Es una medida que concierne exclusivamente a las autoridades migratorias estadounidenses. Ellos estudian cada caso particular y toman la decisión correspondiente.

  • ¿Si soy ilegal y toda mi familia quiere venir a Estados Unidos incluidos mis hijos menores, cuando entren los van a interrogar? En la venida de viaje figura mi dirección, me va a venir a buscar la policía?

Las autoridades migratorias tienen siempre la facultad de interrogar a todas las personas que quieren ingresar a su territorio para verificar si se trata efectivamente de turistas. Ellos estudian cada caso particular y toman la decisión correspondiente. Si las autoridades estadounidenses juzgan que la persona no es un turista, sino que viene a vivir en los Estados Unidos, pueden denegar el ingreso. La decisión que tomen es irrevocable. Sin embargo en raros casos llegan a traer al pariente o amigo a su casa para deportarlos pero debe considerer que con las autoridades de inmigración todo puede ser possible.

  • ¿Cómo puedo hacer para aplicar a la loteria de visas?

Deben contactar al Servicio de Inmigracion y Naturalización de los EE.UU para investigar sobre procedimientos y fechas y solicitar los formularios que debe completar. Si tiene acceso a internet, puede obtener toda la información que necesite visitando http://uscis.gov o al 1800 375-5283

  • ¿Si me caso con un Americano o Americana puedo convertirme en residente sin ningún problema?

NO. Lamentablemente si entró de forma illegal a Estados Unidos y ha permanecido ilegal por más de seis meses aunque su cónyugue sea estadounidense no puede aplicar para legalizar su situación. Cuando le acepten su solicitud la mandarán a Honduras a la embajada Americana y allá le aplicarán un castigo de 5 a 10 años para poder regresar a Estados Unidos. Sólo que se reestablezca la ley 245 I puede usted aplicar sin salir del país ni ser penalizada.

  • ¿Si tengo o tuve en el pasado orden de deportación puedo aplicar por algún programa migratorio para legalizar mi situación?

En la mayoría de los casos No. Pero se le solicita consultar con un experto en leyes migratorias. De preferencia abogado de prestigio/calificado. No acuda a notarios públicos.

  • ¿Si no apliqué al TPS pero vine desde 1998 puedo hacerlo cuando lo extiendan?

En general NO. Solo podrá si está casado (a) con un aplicante de TPS , si es hijo menor de un aplicante o si ha tenido desde esa fecha otro estatus legal y en este momento se quiere cambiar al TPS. Deberá probar de que ha estado permanentemente acá desde 1998 sin salir del país.

  • ¿Es cierto que si acabo de llegar aplico al TPS?

No. Nadie puede aplicar al TPS si vino después de 1998

En todos los casos sin excepción es recommendable consulte con expertos o por el mismo departamento de inmigración.

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